VILLAMAYOR DE CALATRAVA

Historia de Villamayor de Calatrava. Ventana al pasado para entender el presente y afrontar el futuro de este pueblo del Campo de Calatrava.

09 septiembre 2006

EL ROLLO

EL ROLLO DE VILLAMAYOR DE CALATRAVA, SÍMBOLO DE JURISDICCIÓN CIVIL

( A la memoria de Josefina Cano Espinosa,
esposa y madre ejemplar, con nuestro cariño y
recuerdo permanentes ).


Una visita al Archivo Histórico Nacional (En adelante, A.H.N.), en el que nos personamos para intentar conseguir la información necesaria con que completar un trabajo próximo a publicarse, nos deparó la grata sorpresa de que en uno de los legajos manejados se encontraba manuscrita la atrayente noticia sobre la existencia de una columna de piedra, alzada sobre una gradería de escalones, ubicada en la plaza pública de nuestra villa. Tal hallazgo nos situaba, por tanto, ante el rollo local, signo de jurisdicción civil, que, en ocasiones, las gentes también acostumbraban a designar a estos viejos monumentos arquitectónicos con el apelativo de picotas.

Ambos vocablos -rollo y picota- son dos términos distintos pero, sin embargo, el sentido en que se toman dichas voces, responden, en esta ocasión, a una sóla significación. Así, mientras en algunas villas se les llama siempre rollo; en otras se le denomina, en cualquier tiempo y ocasión, picota. Por consiguiente, es obvio que la confusión permanece. Para disiparla acudamos a la Real Academia Española (RAE). Esta define así el rollo en su quinta acepción: "Columna de piedra, ordinariamente rematada por una cruz, y que en lo antiguo era insignia de la jurisdicción de la villa". La misma Institución define de esta manera la picota en su acepción primera: "Rollo o columna de piedra o de fábrica, que había a la entrada de algunos lugares, donde se exponían las cabezas de los ajusticiados, o los reos a la vergüenza ". Por tanto, podemos afirmar que ambos monumentos eran dos cosas coexistentes y distintas, y que, como tales, cumplían fines y funciones diferentes.

Consideraciones generales.

La aparición de estos dos monumentos en España no fue simultánea. La picota ,símbolo de jurisdicción criminal, posterior a la horca, se cita a partir del año 1283, en la partida séptima, título XXXI, Ley IV, de Alfonso X el Sabio, donde al hablar de las clases de penas, se dice:

" La setena es quando condepnan á alguno que sea azotado o ferido
paladinamente por yerro que fizo, ó lo ponen por deshonra dél en la picota,
ol desnudan faciendol estar al sol untando de miel porque lo coman las mos-
cas alguna hora del día...".

"Beba la picota de lo puro, que el tabernero medirá seguro", reza nuestro refranero popular. La presencia o recuerdo de este símbolo hacía andar más derechos que una vela o que la misma picota a los habitantes de las ciudades y villas, dando a entender "que cuando la justicia anda derecha nadie se tuerce".

Sin embargo, la palabra rollo deriva del latín "rótulos" (cilindro), encontrándose registrada por primera vez, según Corominas, en el año l.405.(COROMINAS.J:"Breve diccionario etimológico de la Lengua Castellana".Ed. Gredos, 2ª ed, l.967, pág.515). Por ello puede deducirse que este monumento fue, en el tiempo, posterior a la picota. Su origen habría que buscarlo, tal vez, en la ayuda militar y estratégica que determinados núcleos de población proporcionaran a los reyes durante la Reconquista (7l8-1.492). Como reconocimiento a los servicios prestados por sus respectivos pobladores, a medida que avanza la referida contienda militar, se les van concediendo privilegios de villa y a sus señores el derecho a ejercer jurisdicción, esto es, autoridad para gobernar y hacer cumplir las leyes. A partir de entonces, para simbolizar ese poder ejercido en nombre de los monarcas, fueron erigidos los rollos, de los que todavía, algunos de ellos, permanecen en pie. Estos pueden admirarse en ciertos pueblos y ciudades de ambas Castillas, Extremadura, León, La Rioja y Andalucía, con algún caso aislado como ocurre en Mendoza (Alava) y en Luarca (Asturias).

Antes de concluir este apartado es preciso concretar que, a pesar de ser el rollo y la picota dos cosas distintas en su nacimiento, la fusión de ambos en un solo monumento visible pudo realizarse, tal vez, en el curso del siglo XV. Del uso de los rollos como picotas únicamente hemos encontrado dos testimonios literarios, aunque, eso sí, ambos pertenecientes al siglo XVII. En el primero de ellos, La Pícara Justina, novela, quizá, de Francisco López de Ubeda, escrita en l.605, se nos habla con función de picota del rollo de Santa Ana a la entrada de León, frente al cual estaban asomadas ciertas mujercillas y a continuación su autor decía: "Mujer junto al rollo y conjurada con tal maldición, ¿qué otra tela tiene que echar, ni otro oficio que hacer, si no es ahorcarse de una manera, u de otra, aviendo ocasión para todo?" (La pícara montañesa llamada Justina., segunda parte del libro segundo, capítulo I, núm.3º). En el segundo testimonio,. con gran ironía y cinismo, Luis Vélez de Guevara nos describe en su obra, escrita en 1.64l, el rollo de Ecija , diciéndole el Cojuelo a don Cleofás: "Mira qué gentil árbol berroqueño, que suele llevar hombres, como otros fruta". (.El Diablo Cojuelo.Tranco VI ).

Origen y antecedentes

Los contenidos de las fuentes documentales de que disponemos para elaborar el tema que nos ocupa, no son tan amplios y explícitos como hubíéramos deseado. Por tal motivo, fijar ahora la fecha exacta de la primitiva erección de nuestro rollo nos resulta de todo punto imposible por el hecho de que la documentación utilizable guarda absoluto silencio. De ahí que, para intentar aproximarnos al momento que fue erigido este monumento, recurramos a la interpretación que, creemos, encierran los textos de las Respuestas II, III y VI dadas, entre otras, por los vecinos de esta villa, Pedro de Masa y Brme.Sánchez Salazar, al Interrogatorio de las Relaciones Topográficas de 1.575 enviado por el rey Felipe II (Biblioteca de El Escorial, Volumen III, folios 150 y siguientes) y concluidas en su totalidad " en primero día del mes de mayo de myll y quinyentos y setenta y seis años.". A ellas, así se contestó entonces: 2ª), " Esta Vª es muy antigua, que de su prinçipio y fundaçión no ay memoria"; 3ª), "Esta Vª de tpo. ynmemorial a esta pte. es Vª y es cabeza deste partido la villa de Almodóvar" y 6ª), "Suélese comúnmente señalar por esqudo de armas en esta Vª un chapitell con una cruz ençima y así en los paños que se texen y otras obras que en esta Vª se hazen por los maestros y ofiçiales della se ponen por armas de la Vª el dicho chapitell".

A la vista de tales Respuestas puede decirse que: a) Villamayor de Calatrava es una villa muy antigua; b) en todas ellas aparece, desde antiguo, intitulada como Villa, categoría que viene a indicarnos que, como tal, gozaba de Privilegio de Villa y tenía, por ello, picota y rollo para simbolizar el poder ejercido en nombre de los reyes, en cuanto Maestres de la Orden de Calatrava, y c) el chapitell y la cruz son los elementos que coronan la columna de piedra del rollo. En definitiva, puede afirmarse que tales elementos, aquí descritos, se ajustan a la definición que, como vimos al principio, da la RAE a estos monumentos de jurisdicción civil. Por último, deseamos añadir que los encargados de elaborar las mencionadas Respuestas a la Relaciones Topográficas cuidaron de tal modo su redacción que supieron sintetizar la figura del rollo en el escudo de nuestra villa.

Las fuentes

Es a partir de ahora cuando quedará justificada cronológicamente, gracias a los testimonios escritos localizados, la existencia de nuestro referido monumento. En el primero de ellos, correspondiente a la Visita de la villa de Villamayor de Cvª., realizada en 28 de Agosto de 1.564 por los Visitadores Generales de la Orden de Calatrava, frey Iñigo de Ayala, Comendador de Calatrava la Vieja y Carrión y frey Gonçalo de Calatayud , Prior de San Benito de la villa de Porcuna , puede leerse:

"PLAÇA.- Vimos la plaça públyca desta
villa y el Rollo questá en ella ques
de piedra con sus gradas, lo qual
está bueno..." (A.H.N.Legajo 6.O82-7)
Años más tarde, en 19 de Agosto de 1.577, los Visitadores Generales, frey D. Hernando Carrillo y Osorio, Caballero de dicha Orden y frey Gerónymo Treviño, Prior de Jaén, llegaron a esta villa para visitar sus cosas públicas y ,entre ellas, la Plaza pública , manifestando después por escrito lo que sigue:
" PLAZA.- Vimos la Plaza puª
de la dha. Villa y rrollo ques-
tá en ella con sus gradas, bien tratado
e reparado." (A.H.N.Legajo 6.083-8).

Ya en el siglo XVII, treinta años y medio después de la Visita anterior, los Visitadores Generales de la Orden, en esta ocasión, D. Xptoval Mesía de la Zerda, Caballero profeso de la Orden y Caballería de Calatrava, y frey D. Pedro de Merlo, Prior de San Benito de la ciudad de Jaen, visitaron esta villa el 28 de febrero de 1.608. Durante su estancia en ella reconocieron, entre otros lugares, la Plaza de la villa, en cuyo informe puede leerse literalmente lo que se reseña a continuación:

PLAZA.- "Visitamos la plaza puª de la dha villa la qual está buena y sin
necesidad de reparo en la qual está un rrollo de piedra. Manda-
mos que dentro de todo el mes de febrero deste presente año lo
derriben e quiten de la pzª. do está y lo tornen a hacer si quisie-
ren e si no gasten la piedra de él en cosas combenientes a el dho.
qº(Concejo) con quenta e rrazón y lo cumplan sopena de cada dos
mill maravedís para obras pías a nuestra distribución"(AHN.Lega-
jo 6.090-5).

Cortos, muy cortos, se quedaron los Visitadores de la Orden a la hora de describir nuestro monumento de jurisdicción civil en las tres transcripciones que hemos reflejado anteriormente Basamos nuestra advertencia en que, de un lado, se olvidaron de consignar el número de escalones que formaban su gradería y, de otro, señalar sus principales características artísticas. Detalles que hoy nos hubieran sido útiles para encuadrarlo dentro del periodo arquitectónico correspondiente y, por él, aproximarnos al momento histórico en que esta población adquirió su título de villa.

Respecto al mandato de derribar el rollo y quitarlo de la Plaza pública, que figura en el texto de esta última Visita, podemos afirmar que fue cumplido, sin que podamos, eso sí, precisar en qué fecha se realizó. La noticia que nos lo confirma, conjugada en tiempo pretérito, aparece manuscrita, con el mismo tipo de letra que la de la Visita del 12 de Octubre de 1.639, en el margen izquierdo del folio donde aquélla, en principio, fue asentada. El contenido de tal testimonio es muy conciso : "Derrivose". Hecho éste que pudo producirse, por tanto, en cualquier momento del periodo comprendido entre los años l.608-l.639. La brevedad del texto de la noticia y la falta de información posterior, nos inducen a pensar en la posibilidad de que dicho monumento no se llegara a reedificar, ni que sus piedras se gastaran en hacer "cosas combenientes a el dho. Concejo...".

Desde ese punto de vista puede decirse que nuestros antepasados, equivocadamente, se anticiparon, en el tiempo, casi dos siglos, al cumplimiento del Decreto CCLVIII de 26 de mayo de 1.813, promulgado por las Cortes de Cádiz, por el que "Se mandan quitar todos los signos de vasallage que hubiere en los pueblos". Es más, para que pueda entenderse el arraigo de estos monumentos en aquellos pueblos que se resistieron, en principio, a demolerlos fue necesario que casi veinticuatro años más tarde se repitiera la Orden , que no todos los Ayuntamientos habían cumplido, por Decreto de 27 enero de 1.837, dictado en nombre de la reina Dña. Isabel II, por su madre, la reina gobernadora, Dña. María Cristina. Hubo, por tanto, villas en que se accedió a la demolición del rollo. En cambio, en otras los respetaron y aún los conservan por tratarse de monumentos histórico-artísticos , emblemas gloriosos de sus respectivos privilegios de villa, es decir, con jurisdicción civil y criminal en primera instancia.

En nuestro caso, para aproximarnos a su conocimiento, por haber desaparecido en el siglo XVII y tratarse de un monumento de interés local, se ha compuesto el boceto que ilustra la presente colaboración, para lo que se ha tenido en cuenta el chapitel y el fuste de la columna del escudo municipal, los que, como puede apreciarse, se alzan sobre una imaginada gradería de forma circular con tres escalones.

Conclusiones


Al rematar el presente trabajo, es obligado manifestar nuestro pesar por el abandono y la falta de celo de aquellas antañonas autoridades locales al permitir que dicho símbolo jurisdiccional desapareciera en nuestra localidad por el hecho de que no fueron respetadas las orientaciones que dejaron escritas los citados Visitadores de la Orden de Calatrava. Tal circunstancia supondría, para el vecindario de entonces, no sólo la añoranza por la pérdida de su esbelto símbolo, sino la privación de su carácter sentimental, pues no se olvide que: allí, en la Plaza pública, en los peldaños de él, los mayores, sentados en animada tertulia, evocaban memorias de su juventud; también encima de sus gradas se voceaban los pregones de carácter oficial y los de provisión de víveres para el abastecimiento del pueblo; del mismo modo, para las parejas de enamorados, era, tal vez, uno de los lugares predilectos donde "pelar la pava" hablando de sus ilusiones, proyectos y esperanzas: pero, igualmente, en él se escucharon, a veces, pregones desagradables que anunciaban resoluciones de los Alcaldes y los castigos proporcionados a las faltas o delitos cometidos.. Pero como quiera que nada es para siempre, de la misma manera, la presencia del rollo en nuestra villa, suponemos que fué de corta duración.

Sirva aquel error de acicate a las sucesivas Corporaciones locales para evitar, en el futuro, acciones equivocadas o desacertadas en asuntos que puedan afectar al patrimonio municipal, sea éste de cualquier índole o condición. Así de sencillo.

Publicado en LANZA. Ciudad Real. Diario de la Mancha. LANZA DOMINICAL Páginas l4 y l5 de fecha l3 de Julio 2.003.-

Puedes tener información complemetaria pinchado en el siguiente enlace y fotos:
http://biblioteca2.uclm.es/biblioteca/ceclm/ARTREVISTAS/cem/CEM215Maldonado.pdf (Ver página 326)